Análisis previo del expediente
Revisamos tu solicitud original, plazos exactos y la situación actual del expediente en el Ministerio. Diagnosticamos qué vía de recurso es la mejor en tu caso.
Si tu solicitud de nacionalidad lleva más de un año sin resolución, existen vías legales para forzar la respuesta de la Administración: recurso de alzada por silencio, denuncia ante el Defensor del Pueblo y recurso contencioso-administrativo. La mayoría de casos se resuelven tras el recurso.
El plazo legal es 12 meses. Pasado ese tiempo sin resolución, la Administración está en silencio negativo (denegación tácita), aunque la práctica es que sigue tramitando con retraso.
Esperar sin presentar recursos puede tardar 3-4 años. El recurso formal obliga a la Administración a pronunciarse, normalmente con resolución en pocos meses.
Hay 3 vías escalonadas: queja al Defensor del Pueblo (informal pero efectiva en casos), recurso de alzada al Ministerio, contencioso-administrativo en juzgado. Cada una con su efecto.
Para presentar recurso necesitas el número de expediente, fecha exacta de presentación y comprobante. Sin esos datos, el recurso no avanza.
Revisamos tu solicitud original, plazos exactos y la situación actual del expediente en el Ministerio. Diagnosticamos qué vía de recurso es la mejor en tu caso.
Presentamos recurso ante el Ministerio de Presidencia (organismo competente) reclamando la resolución. Plazo orientativo: en 3-4 meses suele haber respuesta.
Si tras el recurso administrativo siguen sin resolver, abrimos vía contenciosa ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo. Más lenta pero vinculante.
Llevo procedimientos como permisos de residencia, nacionalidad española, arraigo, renovaciones y asesoramiento integral para personas extranjeras que desean regularizar su situación en España.
Ofrezco un acompañamiento profesional, claro y cercano en cada etapa del proceso. Creo en una abogacía basada en la confianza y en la transparencia, con soluciones adaptadas a tus necesidades reales — no a las del expediente.
Pasados 12 meses desde la presentación sin resolución expresa, se considera silencio administrativo negativo. Desde ese momento se puede recurrir.
No. El recurso es paralelo y no implica reiniciar el expediente. Si la solicitud va a resolverse favorablemente, el recurso suele acelerar (no retrasar).
Sí, los trámites administrativos no requieren abogado obligatoriamente. Pero el contencioso-administrativo ante el Juzgado Central sí exige abogado y procurador.
Recurso administrativo: nuestros honorarios desde 500-800 € + IVA. Contencioso-administrativo: desde 1.500-2.500 € + IVA más costas eventuales. Te entregamos presupuesto cerrado tras revisar tu caso.
Se puede recurrir igualmente. Una vez recurrida, se puede ir a contencioso-administrativo. Las resoluciones desfavorables motivadas por errores subsanables se ganan con frecuencia.
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