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Cancela tus deudas con la Ley de Segunda Oportunidad.

Cancelación legal de deudas para personas físicas y autónomos. Procedimiento concursal completo desde el análisis de viabilidad hasta el BEPI.

BEPI 92%
CASOS 143
TIEMPO 4–8m

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Te respondemos en menos de 24h.

SIN COMPROMISO · CONFIDENCIAL

La ley reconoce que una persona honrada pero desafortunada merece volver a empezar sin las cargas del pasado.

Si llegaste a la insolvencia de buena fe, la justicia puede liberarte de tus deudas — incluidas la mayoría de las que tienes con bancos, financieras y proveedores — y blindarte frente a embargos, llamadas y reclamaciones.

No es una promesa de marketing: es un procedimiento concursal regulado, con un juez, un administrador y una sentencia. Y, llevado bien, funciona.

Remedios Morillo Hernán, abogada titular especialista en Ley de Segunda Oportunidad
+143 EXPEDIENTES LSO
QUIÉN SE ENCARGA

Soy Remedios Morillo,
abogada especialista en LSO.

Llevo personalmente cada expediente concursal de Segunda Oportunidad. Más de 143 procedimientos resueltos desde 2019 — incluidos casos complejos con hipoteca, autónomos con deuda mixta bancaria y AEAT, y matrimonios en gananciales.

No subcontrato. No te pasa de mano en mano. Si tu caso encaja, lo trabajamos tú y yo desde la primera llamada hasta la sentencia BEPI. Y si no encaja, te lo digo el primer día — sin facturarte nada.

Conoce al despacho completo
EL PROCEDIMIENTO

Cinco fases. Sin sorpresas.

FASE 01

Análisis de viabilidad

Revisamos deudas, ingresos y patrimonio. Te decimos si encajas — y si no, también.

1–2 sem.

FASE 02

Documentación

Inventario de bienes, lista de acreedores y memoria económica. Lo preparamos contigo.

2–3 sem.

FASE 03

Solicitud al juzgado

Presentación del concurso de persona natural en el juzgado mercantil correspondiente.

Día D

FASE 04

Admisión y AC

El juez admite, designa administrador concursal y se paralizan embargos y reclamaciones.

1–2 mes.

FASE 05

Sentencia BEPI

Resolución que cancela el pasivo insatisfecho. Quedas libre de las deudas exonerables.

3–6 mes.

01

Insolvencia actual o inminente

No puedes (o no podrás) hacer frente a tus obligaciones exigibles.

Art. 2 TRLC
02

Persona natural

Particulares y autónomos. Posible solicitud conjunta de cónyuges en gananciales.

Art. 486 TRLC
03

Mínimo dos acreedores distintos

No basta con una sola deuda. Banca, hacienda, proveedores y particulares cuentan.

Art. 583.1 TRLC
04

Buena fe del deudor

Sin fraude, sin condena por delitos económicos en los últimos 10 años.

Art. 487 TRLC
DEUDAS

Qué se cancela. Y qué no.

SE CANCELAN

Deudas exonerables

  • Préstamos personales y al consumo
  • Tarjetas de crédito y revolving
  • Descubiertos y comisiones bancarias
  • Deudas con proveedores
  • Avales y fianzas mercantiles
  • Hasta 10.000 € por crédito público (parcial)

NO SE CANCELAN

Deudas no exonerables

  • Pensiones de alimentos
  • Multas y sanciones
  • Deudas por responsabilidad civil delictiva
  • Crédito público > 10.000 € (parcial)
  • Hipoteca con garantía sobre la vivienda*
  • Deudas posteriores a la solicitud

* Existen mecanismos para conservar la vivienda habitual; lo analizamos caso a caso.

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OPINIONES

Opiniones reales, sin filtrar.

PREGUNTAS FRECUENTES

Resolvemos las dudas más habituales.

¿Pierdo mi vivienda habitual con la Ley de Segunda Oportunidad?

No necesariamente. Existen mecanismos para conservar la vivienda habitual cuando la cuota hipotecaria es asumible y estás al corriente de los pagos. La hipoteca con garantía sobre la vivienda no se exonera, pero el resto de deudas sí, lo que suele liberar capacidad económica suficiente para mantener la cuota mensual.

¿Cuánto cuesta el procedimiento en honorarios?

Tras el análisis de viabilidad gratuito, te entregamos un presupuesto cerrado por escrito antes de firmar nada. No hay sorpresas ni minutas adicionales. Si tu caso no es viable, no te facturamos.

Mi pareja también tiene deudas. ¿Podemos solicitarlo juntos?

Sí. La normativa permite la solicitud conjunta de cónyuges que estén en régimen de gananciales o que sean codeudores de las mismas obligaciones. Lo evaluamos caso a caso para optimizar costes y plazos.

¿Quedan canceladas las deudas con Hacienda y Seguridad Social?

Parcialmente. La Ley permite exonerar hasta 10.000 € por crédito público (5.000 € de Hacienda y 5.000 € de Seguridad Social). Por encima de esa cantidad, se establece un plan de pagos a medida.

¿Cuánto tarda el procedimiento?

Entre 4 y 8 meses desde la admisión a trámite, dependiendo del juzgado mercantil y del volumen de acreedores. Desde que firmamos hasta la admisión suelen pasar 4-6 semanas adicionales para preparar la documentación.

¿Tengo que ir al juzgado o a algún sitio?

En la mayoría de los casos no es necesaria tu presencia física. La gestión documental la hacemos nosotros, las comunicaciones con el juzgado son telemáticas y, si en algún momento es necesaria una vista, te acompaño personalmente.

¿Qué pasa con mi sueldo? ¿Me pueden seguir embargando?

Una vez admitido el concurso, todos los embargos se paralizan inmediatamente — incluido el de nómina. Los acreedores no pueden seguir reclamándote ni iniciar nuevas acciones contra ti durante el procedimiento.

¿Quedará constancia pública de que he hecho un concurso?

El concurso de persona natural se publica en el BOE y en el Registro Público Concursal. La constancia es estrictamente legal: ni los bancos ni las empresas pueden penalizarte laboralmente por ello, y tras el BEPI vuelves a tener historial crediticio limpio.

HABLEMOS

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Cuéntanos tu situación. Te respondemos en menos de 24h con un análisis honesto de viabilidad — y un sí o un no claros.

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