Los principales gastos que se abonan al adquirir una vivienda con hipoteca son los de Tasación, Registro, Notaría y Gestoría. Si tiene una escritura anterior a 2019, seguramente haya tenido que correr con esos gastos cuando la entidad financiera tendría que haber sufragado todos o casi todos.
Tras la sentencia del Tribunal Supremo y la posterior Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario, se abrió la puerta a reclamar todos esos importes pagados indebidamente.
La recuperación puede suponer varios cientos o incluso miles de euros. Analizamos tu escritura, te asesoramos sobre la viabilidad de la reclamación y gestionamos todo el proceso con la máxima transparencia y rapidez.
Remedios Morillo Abogados
Estoy aquí para escucharte y actuar con rapidez.
Son los costes asociados a la firma de una hipoteca, como notaría, registro, gestoría, tasación y el impuesto de actos jurídicos documentados (IAJD).
Sí, siempre que tu hipoteca incluya una cláusula abusiva que obligaba al consumidor a pagar todos los gastos. Los tribunales han declarado nulas esas cláusulas.
En general:
50% de los gastos de notaría
100% del registro
100% de la gestoría
100% de la tasación (en muchos casos)
Los impuestos (IAJD) solo se recuperan en hipotecas anteriores a la Ley Hipotecaria de 2019, según cada caso.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha establecido que la acción de nulidad es imprescriptible, pero la devolución de cantidades sí puede estar sujeta a plazos. Por eso es recomendable reclamar cuanto antes.
La escritura de la hipoteca.
Las facturas de notaría, registro, gestoría y tasación.
Justificante de pago.
Sí, aunque algunos bancos devuelven parte de forma extrajudicial, en la mayoría de los casos es necesaria la intervención judicial para recuperar el 100% de lo pagado.