La herencia es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que una persona deja al fallecer. Desde el despacho asesoramos y representamos en procesos hereditarios tanto en la sucesión testamentaria como en la abintestato, siendo la primera cuando el causante deja un testamento válido, mientras que la segunda se da cuando no hay testamento y la ley determina quiénes son los herederos.
Nuestro trabajo incluye la gestión de la aceptación o renuncia de la herencia, el cálculo y liquidación del impuesto de sucesiones, la partición de bienes y, si es necesario, la defensa judicial frente a conflictos entre herederos. Sabemos que es un momento delicado, y por eso trabajamos con empatía y eficacia.
Remedios Morillo Abogados
Estoy aquí para escucharte y actuar con rapidez.
La legítima es la parte de la herencia que la ley reserva obligatoriamente para determinados familiares (hijos, padres y, en algunos casos, el cónyuge). Estos son los llamados herederos forzosos.
Sí. El heredero puede renunciar ante notario. Esto ocurre a menudo cuando la herencia tiene más deudas que bienes.
Principalmente el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y, en algunos casos, la plusvalía municipal. Su cuantía depende de la comunidad autónoma y del grado de parentesco.
Si el fallecido no dejó testamento, se aplica la sucesión intestada, donde la ley establece quiénes son los herederos según el parentesco.
Cuando no hay consenso, cualquier heredero puede solicitar la división judicial de la herencia para que sea el juzgado quien reparta los bienes.
Sí, un testamento puede impugnarse si existen defectos de forma, falta de capacidad del testador o si vulnera la legítima de los herederos forzosos.